CONVENIO DE COLABORACIÓN Y ASISTENCIA
Entre la MUNICIPALIDAD DE VILLA GOBERNADOR MACIA, a los 08 días del mes de Setiembre de 2010, por una parte, y representada en este caso por su Presidente Municipal RICARDO ANTONIO TRONCOSO, DNI 10.281.095, asistido por el Secretario de Gobierno y Acción Social ROMAN ALEXIS TRONCOSO DNI 26.248.359, con sede en Dr. Raúl Ricardo Alfonsín 175 de Villa Gobernador Maciá, en adelante EL MUNICIPIO y por la otra el Ing. Agr. Dr. SERGIO L. LASSAGA DNI 14.076.044, como Decano de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la UNER, con domicilio en Ruta 11 Km. 10 en adelante LA FACULTAD, convienen en celebrar el presente acuerdo:
PRIMERA: LA FACULTAD se compromete por intermedio de la Cátedra de Espacios Verdes a través de la Ing. Agr. MARIA SILVIA CARPONI DNI 11.071.881, con la participación de un 5 (cinco) alumnos designados al efecto, a desarrollar el relevamiento arbóreo en calles, Avenidas y toda otra zona correspondiente al éjido urbano de Villa Gobernador Macia que a solicitud de LA MUNICIPALIDAD se desee relevar. A la vez, LA FACULTAD, propondrá un plan de forestación en calles, avenidas y plazas, como también el reemplazo y/o cuidado de los árboles o arbustos existentes.-
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a: 1°) Establecer a través del Organismo correspondiente el suministro de los antecedentes que existan sobre la forestación realizada en MACIA.- 2°) Aprobar las distintas etapas de trabajo que se propongan por la FACULTAD.- 3°) Verificar o coordinar con la FACULTAD en todos aquellos casos en los que existan dudas o medidas urgentes a tomar.-
TERCERA: LA FACULTAD se obliga a presentar los trabajos o informes correspondientes a las distintas etapas, según la planificación que se propondrá en el plazo de 60 (sesenta) días de formalizado el presente acuerdo.
CUARTA: LA MUNICIPALIDAD abonará a LA FACULTAD por el servicio realizado la cantidad de $ 15260 (QUINCE MIL DOSCIENTOS SESENTA PESOS) correspondiente al relevamiento de 150 manzanas pertenecientes a la zona urbana de la ciudad de Maciá, comprometiéndose LA FACULTAD a solventar todos los gastos que se generen para dar cumplimiento al plan de trabajo planteado en la cláusula SEGUNDA.
QUINTA: Para el efectivo cumplimiento de las condiciones pactadas de las cláusulas anteriores se constituirá una comisión de seguimiento que estará integrada por la Secretaria de Producción, Ecología y Medio Ambiente ANDREA LORENA CARDON DNI 26.919.571, en representación de la Municipalidad de Villa Gobernador Macia y un representante por la FACULTAD. Dicha comisión tendrá facultades inherentes al objetivo propuesto por el presente y toda otra actividad que se desprenda del mismo.
SEXTA: El presente convenio tendrá vigencia por el término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de firma.-
SÉPTIMA: A los efectos legales o de la interpretación del contrato se someten a la instancia administrativa en el marco de la Ley 7.060, y judicialmente a la competencia de los Tribunales Federales de Concepción del Uruguay, renunciando a toda otra jurisdicción que pudiera corresponder.-
En el lugar y fecha indicado, se lee, ratifica y firma por los presentes todo en tres (3) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto.-